jueves, 8 de octubre de 2009

MONSEÑOR BALDOMERO CARLOS MARTINI: DISTRIBUCIÓN DE PASTILLAS ABORTIVAS

Querido Señor Intendente:

Reciba nuestros cordiales y respetuosos saludos de Paz y Bien en Jesucristo, Señor de la Vida y de la Historia.

El Periódico El 1, que publica la Universidad Nacional de La Matanza, en su edición del 17 de Agosto de 2009 (Año 5 Nº 133) informa que en los hospitales municipales de La Matanza se entregan kits de medicamentos a mujeres que han sufrido una violación. En ese kit se incluyen “drogas de amplio espectro” para evitar todo tipo de enfermedades de transmisión sexual. El artículo agrega que también se proporcionarán píldoras de anticoncepción de emergencia (levonorgestrel).

Los Obispos de La Diócesis de San Justo, S.E.R. Mons. Baldomero Carlos Martini; S.E.R. Mons. Damián Bitar, Obispo Auxiliar y el Obispo de Gregorio de Laferrere S.E.R. Mons. Juan Horacio Suárez, mediante el estudio de expertos, queremos precisar que la acción del levonorgestrel, se basa en impedir la implantación del embrión en el endometrio (pared interna del útero), tras ser fecundado el óvulo por el espermatozoide, lo cual significa que produce el aborto del embrión que no ha podido anidar.

En todos los casos el aborto es un crimen abominable porque quita el primero de los derechos, el derecho a vivir, a un ser absolutamente indefenso que sólo cuenta con la protección de quien lo lleva en su vientre, de su madre.

Desde una visión antropológica, toda mujer que utiliza la “píldora del día después”, adquirida por sus medios o entregada por el Estado, tiene la clara intención de evitar el embarazo, interrumpir la gestación o eliminar el embrión gestado. Grupos muy radicalizados, con el supuesto derecho a decidir por cuenta propia o del Estado, pretenden justificar moral y jurídicamente la interrupción del embarazo. Nadie es dueño de la vida de su prójimo, no importa en qué grado de madurez psicofísica se encuentre éste. Sólo Dios es el que da la vida y sólo Él puede quitarla.

Exhortamos a que desde la acción gubernamental no se promueva la utilización de una sustancia que produce la muerte de los no nacidos, asumiendo un principio moral fundamental de la Ley natural: no matarás.

La Iglesia como Madre, comprende el dolor de aquellas mujeres que sufren un acto de violencia, del cual puede surgir un embarazo no buscado ni deseado. Sin embargo no puede tolerar el asesinato de los inocentes bajo la justificación del derecho de la madre a decidir. El hecho de haber sido violada, que es una situación de por sí traumática, no puede nunca dar derecho a eliminar al bebé inocente. Eso sería pretender curar una herida terrible, con un acto de violencia mayor. La mujer pasaría de ser víctima a ser victimaria de un acto aún más violento, por la situación de absoluta indefensión del niño y por ser un homicidio.

Como nos enseña Juan Pablo II “No pocas veces se considera que la vida de quien aún no ha nacido o está gravemente debilitado es un bien sólo relativo: según una lógica proporcionalista o de puro cálculo, deberá ser cotejada y sopesada con otros bienes. Y se piensa también que solamente quien se encuentra en esa situación concreta y está

personalmente afectado puede hacer una ponderación justa de los bienes en juego; en consecuencia, sólo él podría juzgar la moralidad de su decisión. El Estado, por tanto, en interés de la convivencia civil y de la armonía social, debería respetar esta decisión, llegando

incluso a admitir el aborto y la eutanasia. (Evangelium Vitae 68) Por consiguiente se perciben dos tendencias diametralmente opuestas en apariencia. Por un lado, los individuos

reivindican para sí la autonomía moral más completa de elección y piden que el Estado no asuma ni imponga ninguna concepción ética, sino que trate de garantizar el espacio más amplio posible para la libertad de cada uno, con el único límite externo de no restringir el espacio de autonomía al que los demás ciudadanos también tienen derecho. Por otro lado, se considera que, en el ejercicio de las funciones públicas y profesionales, el respeto de la libertad de elección de los demás obliga a cada uno a prescindir de sus propias convicciones para ponerse al servicio de cualquier petición de los ciudadanos, que las leyes reconocen y tutelan, aceptando como único criterio moral para el ejercicio de las propias funciones lo establecido por las mismas leyes. De este modo, la responsabilidad de la persona se delega a la ley civil, abdicando de la propia conciencia moral al menos en el ámbito de la acción pública” ( EV 69)

“Los delitos contra la vida se quieren presentar como derechos democráticos que el Estado debe autorizar y proteger y hasta realizar con la intervención gratuita de las estructura sanitarias”

Lo que el Santo Padre nos señala es que en la actual mentalidad relativista el derecho de cada uno se pone por encima del derecho de los demás y del bien común y que basta con un acuerdo social para que una ley justifique lo que moralmente es ilícito.

Es por ello, de ser cierta esta información que los Pastores llamamos a las Autoridades a reflexionar sobre el particular y a los médicos y a todo el personal de la Salud les recordamos que tienen el derecho a renunciar al suministro de esta sustancia, dado que la objeción de conciencia es un derecho humano fundamental que no puede ser violentado por ninguna autoridad.

Al mismo tiempo proponemos como solución una educación humana integral, en la que participemos todos los actores sociales, sobre todo en las zonas más desfavorables, que ayude al hombre y a la mujer a descubrir su dignidad personal y a orientarse hacia un amor pleno y gratuito en la vida familiar y conyugal.

Sabiendo de su sensibilidad por los valores y todo lo que puede hacer crecer a nuestra querida Matanza, como Obispos de la dos Diócesis paternalmente le hacemos llegar nuestra preocupación y exhortación y lo abrazamos con nuestra Bendición pastoral en el Señor, Buen Pastor que da la vida para salvarnos y dignificarnos.

Mons. Baldomero Carlos Martini, obispo de San Justo

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